Causas por corrupción
Caso: Evasión fiscal e insolvencia fraudulenta de Leonardo Fariña

Causa
Expte: 
32037862/2013
Fuero: 
Federal
Jurisdiccion: 
Buenos Aires
Juzgados: 
Cámara Federal de La Plata Sala III
Tribunal Oral en lo Criminal Federal de La Plata Nro. 1
Organismos de control: 
AFIP
Delitos: 
Evasión agravada
Insolvencia fiscal fraudulenta
Situacion procesal: 
Imputado
Medidas cautelares: 
Prisión preventiva: 
1
Detalles causa
Monto perjuicio: 
AR$: 
28000000
Etapa proceso: 
Investigación
Fecha hecho: 
Friday, 1 January 2010 to Sunday, 1 January 2012
El caso

La denuncia a Leonardo Fariña fue iniciada por AFIP y se debe a que no pudo justificar la adquisición de inmuebles rurales en la provincia de Mendoza, determinando de oficio una deuda impositiva que asciende en la actualidad a $28.000.000 (capital e intereses) por IVA 2010/2011, Ganacias 2010/2011 y Bienes Personales 2010/2011/2012.

Fariña se desapoderó de los bienes con el objeto de eludir las acciones de cobro del Fisco Nacional, por lo tanto fue denunciado en la misma causa por insolvencia fiscal fraudulenta, configurándose un concurso real con el delito anteriormente denunciado.

La maniobra se trata del incremento patrimonial no justificado por la adquisición de inmuebles rurales. Sobre esta base se determinó el monto de la evasión. Dichos inmuebles fueron vendidos a un tercero por un valor ostensiblemente inferior.

Los días 18 y 21 de marzo de 2014, La AFIP como querellante solicitó la detención del imputado, atendiendo entre otras circunstancias a que Fariña podría sustraerse al proceso (se acompañó el listado de las múltiples salidas del país en vuelos privados) y que la existencia de terceras personas (eventualmente partícipes del delito) presume la posibilidad de frustrar elementos de prueba para la causa.

El día 11 de abril de 2014, el juez federal de La Plata, Manuel Humberto Blanco, procesó con prisión preventiva a Leonardo Fariña, por evasión fiscal agravada en concurso real e insolvencia fiscal fraudulenta. La prisión preventiva fue resuelta “en mérito a las probanzas que constan en el expediente de la causa”. Blanco consideró, prima facie, que Fariña habría incurrido en esos delitos con penas previstas desde los 3 años y seis meses hasta los 15 años.

Desde el martes 25 de marzo de 2014, Fariña se encontraba detenido por orden del Juez Blanco, quien había rechazado un pedido de excarcelación efectuado por el abogado defensor de Fariña, Rodolfo Baqué.

El día 11 de abril de 2014, se conoció una escucha en la que Fariña habría hablado en octubre del año 2013 con una persona que estaba en Suiza y que identificó como MD, a la que le habría ofrecido lavar 90 millones de dólares. "Allá donde estás vos, en esa zona, tengo un amigo que tiene 90 físicos. Tiene que transferirlo al lugar donde se hace el café viste, ahí a Centroamérica", le dijo Fariña a su interlocutor, según la grabación.

El día 20 de mayo de 2014, tras haber sido rechazado el pedido de excarcelación por el Juez de Primera Instancia y apelada la misma por la defensa, la Sala III de la Cámara Federal de la Plata confirmó la decisión del Juez de Primera Instancia y denegó la excarcelación a Leonardo Fariña.

El día 17 de junio de 2014, la Sala III de la Cámara Federal de Apelaciones de La Plata confirmó el procesamiento con prisión preventiva de Leonardo Fariña en orden a los delitos de evasión agravada e insolvencia fiscal fraudulenta agravada.

El Tribunal desestimó lo argüido por la defensa del imputado, al sostener que no existe doble persecución penal entre la causa en trámite ante el Juzgado Federal en lo Criminal y Correccional n° 3 de La Plata donde se lo investiga por los delitos referidos y la causa que se le sigue en el Juzgado Federal en lo Criminal y Correccional n° 7 de la Capital Federal por lavado de activos de origen delictivo.

El día 6 de julio de 2015, la fiscal federal de La Plata, Ana Miriam Russo, pidió que se eleve a juicio la causa que enfrenta Jorge Leonardo Fariña. La fiscal también solicitó que continúe la instrucción por el delito de insolvencia fiscal fraudulenta.

La fiscal describió que AFIP advirtió la falta de justificación al incremento patrimonial que significó para el imputado Fariña la adquisición de los cinco inmuebles mencionados, por lo cual infirió, en los términos del artículo 18 inciso f) de la ley 11.683, que los fondos con los cuales efectuó esas adquisiciones provenían de ingresos no declarados por el nombrado.

La fiscal Russo consideró que aún no se encontraba cerrada la investigación respecto del delito de insolvencia fiscal fraudulenta, que pena a quienes habiendo tomado conocimiento de la iniciación del procedimiento administrativo o judicial tendiente al cobro de las obligaciones tributarias provocare o agravare su insolvencia para frustar su cumplimiento.

El día lunes 3 de agosto de 2015, El juez Kreplak elevó la causa al Tribunal Federal N° 1 de La Plata. La fiscalía y la querella habían pedido la elevación y la defensa dejó pasar el plazo que le daba la ley para oponerse.

El 8 de abril de 2016, Leonardo Fariña realizó una extensa declaración de casi doce horas ante la Justicia en el marco de la causa del lavado de dinero. Fue trasladado al Penal de Ezeiza donde se le garantizará el resguardo de su integridad física, bajo la Ley de protección para testigos e imputados que colaboran con las investigaciones judiciales, beneficio que le concedió el juez interviniente, Sebastián Casanello, quien además decidió restablecer el secreto de sumario en plena indagatoria.

La Ley 25.764 está dirigida a testigos e imputados (colaboradores de justicia o arrepentidos) que hubieren realizado un aporte trascendente a una investigación judicial de competencia federal por delitos como narcotráfico, secuestro extorsivo o terrorismo, aunque en este caso sería por lavado de dinero.

Las medidas de protección establecidas por la normativa pueden ser, entre otras: custodia personal o domiciliaria, alojamiento transitorio en lugares reservados, cambio de domicilio, ayuda económica por no más de seis meses, asistencia para la reinserción laboral y el suministro de documentación que acredite identidad a nombre supuesto.

La indagatoria de Fariña, que estuvo acompañado por su abogada Giselle Robles, se manejó en el marco de un estricto hermetismo en los tribunales federales, luego de que el magistrado restableciera el secreto de sumario en la causa.

El 13 de julio de 2016, la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal, integrada por los jueces Juan Carlos Gemignani (presidente), Gustavo M. Hornos y Mariano Hernán Borinsky, hizo lugar al planteo de incompetencia formulado por el representante del Ministerio Público Fiscal respecto de la intervención del Tribunal Oral en lo Criminal Federal Nro. 1 de La Plata en dicha causa y ordenó la remisión de las actuaciones a la justicia federal de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para que, por sorteo de ley, desinsacule al Tribunal Oral Federal que deberá intervenir.

En el fallo, los jueces consideraron que la decisión se presentaba como la más adecuada para una pronta y mejor administración de justicia.

De esta forma, la Sala reafirmó la necesidad de que se llevara adelante una investigación concentrada, con un análisis integral y global de la operatoria delictiva presuntamente desarrollada por los imputados.

En octubre de 2016, Fariña (testigo protegido) fue intimidado cuando un auto sin identificar tiroteó al vehículo que lo custodiaba.

 

Adjuntos
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PDF icon Confirma prisión preventiva1.54 MB

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