Crowdfunding: una peligrosa herramienta para el lavado de activos

Por Sofía Díaz Pucheta

Para Sin Corrupción

¿Qué es el crowdfunding?

La palabra crowdfunding significa “financiamiento multitudinario” y es un método muy utilizado en internet para obtener soporte económico para un producto que se quiere vender y/o fabricar o para un proyecto social.

Consiste en una plataforma digital, una página web o una aplicación, donde se realizan campañas en las cuales se expone un producto innovador (por ejemplo un nuevo hardware) o una causa social (como la necesidad de obtener calzado para la población de una zona en guerra) y se propone un objetivo monetario a cumplir en un tiempo determinado para subvencionar el producto o la razón comunitaria (por ejemplo: llegar a $100.000). Si la propuesta alcanza su objetivo en el tiempo determinado los requirentes del dinero obtienen lo recaudado; si no lo hacen depende de la plataforma si lo donado vuelve a los donantes o si igualmente reciben el dinero recolectado. En el caso de productos, quienes invierten se convierten en una especie de accionarios de las ganancias que se obtengan de la venta del producto en cuestión.

Este mecanismo se utiliza para una gran diversidad de causas, desde negocios inmobiliarios hasta campañas políticas, por lo que su alcance es muy variado y amplio; lamentablemente no tanto como la ley que lo regula.

¿Por qué es peligroso?

El crowdfunding constituye un potencial método para lavar activos ya que usualmente estas plataformas digitales no son muy rigurosas en la constatación de la identidad de las personas a las que se destinan los fondos o de las que provienen, por lo que puede ocurrir que una misma persona “invierta” en sí mismo.

En Argentina el crowdfunding para beneficencia está “excluido” de la nueva ley de emprendedores N° 27.349 (art. 28) — un gran problema porque sólo evita la aplicación de este régimen al crowdfunding cuando es para beneficencia o donación, sin prohibirlo; lo que torna en una laguna la situación jurídica de estas plataformas, haciéndolas aún más tentadoras para el lavado.

Experimento con una crowdfunding social

No obstante su falta de marco legal, el crowdfunding para beneficencia existe en Argentina y se promociona libremente.

Para probar que esta modalidad permite lavar activos realicé un pequeño experimento en una plataforma de financiamiento colectivo local de nombre “Nobleza Obliga”.

Al ingresar a la página pude observar que ofrece varias causas sociales con las que uno se puede solidarizar, por lo que me propuse dos cosas: 1) averiguar qué datos piden para crear una causa social; y 2) averiguar qué datos piden para realizar una donación. De esta forma podré demostrar si la página permite que la misma persona que pide donaciones puede “autodonarse” sin que se sepa que ello ocurrió.

Para crear una causa social, la plataforma solicita una cuenta de Facebook, de Twitter o de E-Mail. Ninguno de los tres métodos garantiza que quien va a crear la causa sea una persona real ya que en menos de 5 minutos uno puede crearse una cuenta falsa; de hecho eso es lo que hice para realizar el experimento.

La primer alarmante señal que confirmó mis sospechas fueron los pocos datos exigidos a quien crea la causa solidaria: nombre, teléfono, domicilio y documento nacional de identidad del titular de la cuenta de Mercado Pago donde se debería depositar el dinero recaudado. Todos datos falseables salvo el DNI, porque Mercado Pago opera con tarjetas de crédito y, por ende, se supone que los titulares han sido verificados por el banco emisor de la tarjeta en cuestión. En consecuencia, y para corroborar la falta de control sobre la autenticidad de las personas que solicitan crear una causa social, inventé todos los datos requeridos y utilicé el DNI de una persona que me prestó su cuenta de Mercado Pago. Acto seguido, recibí un par de e-mails de asesoramiento en temas de publicidad para la campaña, pero nadie me exigió más o mejores datos: por lo que rápidamente mi campaña inventada estaba creada.

Para realizar una donación -el paso siguiente de un potencial lavador de dinero-, ingresé a la plataforma con la falsa cuenta de e-mail creada minutos antes.  Seleccioné una de las campañas publicadas donde, luego de preguntarme cuánto quería donar, me ofrecieron hacer la donación en forma anónima. Si bien aparece un cartel intentando convencer al donante de hacer la donación “sin esconder su nombre”, no hay ningún obstáculo para hacerla sin dar absolutamente ningún dato sobre quién dona. Esto confirma la peligrosidad de este tipo de páginas, ya que la donación anónima elimina cualquier tipo de transparencia sobre los fondos recaudados; una cosa es no publicar los datos del donante, y otra muy distinta es no identificarlo.

Finalmente, como para eliminar cualquier tipo de rastreo de los fondos donados, se ofrece la posibilidad de pagar la donación mediante Pago Fácil o Rapipago, métodos que no exigen ningún tipo de identificación a quien paga.

Sea cual fuere el objeto real de esta organización, resulta por demás dudoso no sólo la falta de exigencias para identificar a los donantes sino también la falta de datos de identificación de la sociedad en sí. La organización en cuestión, “Nobleza Obliga”, tiene dos páginas web y un blog: en ninguno de los cuales figura un domicilio, un teléfono, un mail institucional ni mucho menos un número de identificación societario; sólo se hace referencia (en una de las páginas) a que la “empresa social” (como se auto define) pertenece a la asociación civil “Res Non Verba”. Si bien existe un link que lleva hacia la página de dicha sociedad, la web referida figura como “en transformación”.

En consecuencia, acudí a la página de la Inspección General de Justicia; donde constaté que efectivamente existe una asociación civil con este nombre, pero ello no es garantía de que esta sociedad sea real.

Conclusiones

Como primer medida, cabe aclarar que el sistema de crowdfunding es muy elogiable por todos sus logros a nivel social y económico; el objeto de esta nota no es eliminar esta forma de recaudar dinero, sino concientizar sobre la necesidad de regular adecuadamente su utilización.

Las debilidades evidenciadas en relación a Nobleza Obliga son comunes a muchas páginas que ofrecen este tipo de recaudación de fondos, tanto para fines benéficos como para inversión; por lo que el peligro de que se utilicen para lavar de dinero es real.   

Las donaciones anónimas y el pago en efectivo no constituyen de por sí un peligro para la seguridad del tráfico económico y financiero porque las asociaciones y fundaciones que las reciben deben dar cuenta de su destino conforme a la legislación vigente y cumplir además las exigencias de la UIF (30/2011) y de la IGJ (1/2012) ante ciertos montos. El problema se genera cuando una organización recibe fondos de personas totalmente anónimas y los remite a otras personas que no identifica adecuadamente (independientemente de si el monto supera o no el exigido por la UIF). Esto torna imposible el rastreo del origen y destino de los bienes, la identificación del donante y receptor y, por ende, impide también corroborar si quien dona y quien recibe la donación son la misma persona. Es un método alarmante si no se reglamenta.

La transparencia en las operaciones es una de las principales herramientas para combatir el lavado de activos, por lo que es necesario exigir una regulación urgente de esta situación y que las autoridades de control actúen de inmediato para revertirlas y prevenir que ocurran en el futuro.

Es necesario también que como sociedad tomemos conciencia de la importancia de exigir transparencia en cualquier operación económica que realicemos, ya que el lavado afecta la economía en general, tanto la de los particulares como la estatal. Por un lado porque genera desfinanciamiento del Estado, ya que pierde recursos como consecuencia de este delito. Por otro lado, porque este delito altera el orden económico en general afectando la libre competencia, generando distorsiones en la información del mercado y, por ende, en la asignación de recursos. El lavado también dificulta la administración de justicia y lesiona la reputación, integridad y legitimidad de las instituciones políticas y del sistema financiero. Pero, por sobre todo, este delito genera un efecto criminógeno, es decir que incentiva la comisión de más delitos ya que posibilita que las ganancias obtenidas de un ilícito en particular (por ejemplo, el narcotráfico) sean aprovechables por los autores al poder introducirlas en el mercado legal a cambio de bienes o servicios.

Si bien el Estado es quien debe regular, prevenir y perseguir este delito, es necesaria la cooperación de todos para combatirlo, tanto de las personas físicas como de las jurídicas. Desde tu lugar podés colaborar exigiendo transparencia, actuando de manera ética y denunciando cualquier situación irregular. No seamos cómplices de este mal que nos afecta a todos.

CIPCE - Centro de Investigación y Prevención de la Criminalidad Económica
  Talcahuano 256 piso 2 - C1013AAF - Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Argentina
 Teléfono: 4373-6303/04 -  contacto@cipce.org.ar